Texto de la Ley 26206, de Educación Nacional, aprobada por el Congreso de la Nación Argentina el 14 de diciembre de 2006, promulgada por el presidente el 27 de diciembre y publicada en el Boletín Oficial número 31.062, del 28 de diciembre de 2006.
Acontinuación, un fragmento que refiere a la citada ley, luego se puede descargar en formato PDF para quien desee interiorizarse en el tema:
"Calidad en la EPJA (Educación Permante de Jóvenes y Adultos):
De acuerdo a lo expuesto hasta aquí, la EPJA debe fomentar una educación que promueva la igualdad social entre las personas, en función de la construcción de proyectos solidarios que posibiliten situaciones concretas de vivir con dignidad y que otorguen calidad a la certificación de estudios.
La calidad educativa no se sostiene con la acumulación de saberes sino que se logra únicamente en la medida en que la formación teórica y práctica tenga como punto de partida la especificidad de los sujetos a quien va dirigida y se oriente a ser una educación para toda la vida en el sentido que lo hemos expresado anteriormente.
La EPJA supera la educación “que da respuestas” y sostiene una educación “que hace propuestas”. No sostiene una educación meramente inductiva que da respuestas a las necesidades de las personas o del mercado laboral, sino una educación que ayude a los sujetos a tener herramientas de análisis, de crítica y recreación de la sociedad en la que les toca vivir. Una educación que motive a las personas a proponer cambios, a ser creativas, a construir colectivamente." (Anexo I – Resolución CFE Nº 87/09
EPJA - DOCUMENTO BASE - Consejo Federal de Educación)
EPJA - DOCUMENTO BASE - Consejo Federal de Educación)
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